La situación de la Prestación Sanitaria de Aborto Provocado es hoy por hoy desigual en el territorio español, podemos decir que la Comunidad Autónoma donde reside la mujer determina en gran medida el acceso al aborto, ya que no todas las comunidades autónomas:

Ofrecen la misma información. Porque menos de la mitad de las mujeres que desean interrumpir su gestación (43%) reciben información sobre este recurso a través de canales públicos. Además la disparidad entre comunidades es una constante. Así por ejemplo en Andalucía un 72% de estas mujeres recibieron información desde los servicios públicos, mientras  que en Canarias solo la reciben un 12%.

Las consecuencias de esta situación son reseñadas por las propias mujeres:

      • Desconocimiento sobre la normativa relacionada con el aborto: no saben si es legal o no.
      • Desconocimiento sobre los servicios disponibles.
      • Desconocimiento sobre las posibilidades de que esta prestación sea financiada por la Sanidad Pública.

Ni los mismos servicios. Hoy todavía hay comunidades autónomas: La Rioja,  Navarra, Ceuta y Melilla que no cuentan con centros en los que se puedan interrumpir gestaciones que no superen las 12 semanas (es decir el 90% de los casos, según el Ministerio de Sanidad y Consumo). Asimismo, ni en Murcia, ni en Castilla La Mancha, ni en Extremadura, ni en Castilla y León, ni en Navarra se llevan a cabo interrupciones en hospitales públicos. Por otra parte, en los hospitales de la red sanitaria pública donde se interrumpen gestaciones, estas solo suponen un 2’5% y en la mayor parte de las situaciones están relacionadas con casos de grave riesgo fetal.

Ni el coste de la intervención es igual en todo el territorio. Hoy por hoy, la inmensa mayoría de las mujeres tienen que costearse una intervención que paradójicamente está contemplada por el Sistema Nacional de Salud. Es decir, han de soportar económicamente un gasto que oscila entre los 350 y los 400 euros, cuando la gestación es inferior a las 12 semanas, y un coste mayor cuando la intervención refiere a un mayor número de semanas de gestación. Salvo en Andalucía, donde el sistema de conciertos públicos con las clínicas acreditadas garantiza la gratuidad de esta prestación sanitaria, prácticamente ninguna otra Administración Autonómica costea íntegramente a las mujeres este recurso

  1. En consecuencia de todo lo dicho se desprende que, no todas las mujeres pueden beneficiarse, ni en el ámbito de la información, ni en el ámbito de los recursos, ni en el del coste, en igualdad de condiciones, de los medios sanitarios nacionales, públicos y privados, disponibles en relación a la prestación sanitaria del aborto.
  2. Estos elementos propician que las mujeres ante necesidades similares, como es el acceso al aborto, no puedan ser receptoras de la misma calidad en la prestación de este recurso sanitario. Una circunstancia que confronta directamente con la Ley General de Sanidad que reconoce el derecho a la atención sanitaria en condiciones de equidad efectiva para toda la población española.

La aprobación de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción del Embarazo abre una nueva oportunidad para poder subsanar estos graves desequilibrios territoriales en relación a la prestación de Aborto Provocado. Para la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo, ACAI, el camino más apropiado para poner fin a esta desigualdad pasa por potenciar la concertación con los centros acreditados por los siguientes motivos:

LA CONCERTACIÓN COMO SOLUCIÓN A LA PRESTACIÓN SANITARIA DE ABORTO PROVOCADO

Ante esta realidad de desequilibrio con la que nos encontramos, los centros acreditados consideramos imprescindible establecer las bases para que el aborto pase a ser una  prestación sanitaria gratuita para la mujer y de calidad. Garantizada por la sanidad pública como una prestación sanitaria más, ya sea directamente o a través de conciertos con las clínicas acreditadas, tal y como viene sucediendo en Andalucía.

Dicho esto, creemos que hoy por hoy y ante la dificultad de realizarlos en los hospitales de la red sanitaria pública con:

  • La intimidad necesaria (no hay unidades específicas)
  • La especialización profesional adecuada.
  • La rapidez que dicha prestación requiere, creemos conveniente que se concierte con los Centros Acreditados.

  • Porque la demanda es muy alta y la respuesta debe ser rápida. La demora de esta prestación en un hospital público oscila entre 15 y 60 días. En Andalucía con un sistema de conciertos no supera los siete días.
  • Porque al haber sido absorbida esta demanda por los Centros Acreditados durante 23 años, no existen actualmente equipos multidisciplinares (médicos, ATS, trabajadores sociales, psicólogos…) formados ni especializados en la sanidad pública para atenderla. Ni existen unidades específicas para ello. Durante más de veinte años mientras los profesionales de las clínicas privadas se formaban e investigaban a propósito del recurso al aborto, los profesionales de la sanidad pública permanecían estancados en el conocimiento de esta prestación, o bien la relacionaban con sus conocimientos obstétricos, cuando el aborto tiene características y técnicas propias. Hoy por hoy, la sanidad pública no contempla la formación de los profesionales en el recurso al aborto (no se incluyen en el currículum de los médicos/as, enfermeros/as, trabajadores/as sociales, etc. Ni en la especialidad de ginecología). La futura ley prevé subsanar esta deficiencia, pero para que ese propósito se convierta en realidad se necesita tiempo. Tiempo para montar unidades específicas multidisciplinares (médicos/as, ginecólogos/as, anestesistas, enfermeros/as, auxiliares, trabajadores/as sociales, psiquiatras y abogados) que permitan realizar correctamente esta prestación en la sanidad  pública.
  • Las Unidades Médicas Especializadas en Aborto Provocado ya existen en la Sanidad Privada. Funcionan desde hace 23 años y han demostrado su profesionalidad y eficacia. En todos estos años la mortalidad por aborto en España ha sido casi nula, siendo nuestro nivel de complicaciones uno de los más bajos de los países desarrollados. El número de denuncias a nuestro colectivo por mala praxis es irrelevante y mucho menor que el de cualquier centro público de ginecología y obstetricia.
  • Porque más del 90% de las intervenciones se realizan ambulatoriamente y con anestesia local, por lo que no es necesario una infraestructura hospitalaria.
  • Porque cuando se ha intentado llevar a cabo en la sanidad pública, los gestores se han encontrado con que muchos profesionales de todos los estamentos, no solo médicos/as, ejercían su derecho a la objeción de conciencia y no garantizaban esta prestación.
  • Porque pensamos que la profesión médica no contempla el Aborto Provocado como una especialización “adecuada” a sus perspectivas profesionales y currículares. Es decir, pese a ayudar a miles de mujeres al año, los/as profesionales de la Medicina no consideran que esta prestación mejore sus expectativas profesionales, bien al contrario consideran que puede devaluar su carrera, dados los aspectos morales, éticos y sociales que inciden en esta prestación. En consecuencia, dudamos que pese a que se regule la objeción de conciencia se manifieste una auténtica implicación profesional del sector público en el ámbito de Aborto Provocado.
  • Porque el coste por intervención resulta mucho más costoso económicamente.
  • Porque la asimilación del sistema de concertación por la mayor parte de los países europeos de nuestro entorno demuestra que el sistema que mejor asegura la equidad y la igualdad de acceso al aborto.
  • Porque el sistema de concertación es totalmente compatible con una sanidad transferida en su gestión a las Comunidades Autónomas.

Por todo esto creemos que se deberían aprovechar las unidades médicas especializadas que vienen funcionando desde hace más de 22 años en la sanidad privada. Centros privados acreditados que existen en todas las comunidades, salvo en La Rioja, Navarra, Ceuta y Melilla. Creemos que es posible servirse de esa experiencia, y al mismo tiempo garantizar la gratuidad de esta prestación sanitaria, mientras se avanza en la creación de más recursos. Es posible a  través de sistemas de concursos públicos y conciertos. Y lo creemos además porque:

  • La Concertación pública es una prestación pública. Un procedimiento abierto y transparente que nos obliga a cumplir toda la normativa vigente en materia de salud y a someternos a inspecciones periódicas. Carece por tanto de sentido, seguir considerando la concertación del aborto como algo privado, desprestigiado, de mala calidad y costoso. Desde nuestro colectivo queremos reiterar que una intervención concertada sigue siendo pública. Por lo que cualquier mejora en el sistema de concertación supone, por tanto, una mejora de las prestaciones atribuibles a la sanidad pública.

Modelo de concertación andaluz.

La extensión de un sistema de conciertos públicos, tal y como funciona en Andalucía, con los centros acreditados permitiría asegurar, a corto plazo, el acceso al aborto en condiciones de igualdad para todas las mujeres. Los centros acreditados para la interrupción del embarazo están en condiciones de poner fin a ese  desequilibrio territorial, ya que salvo en La Rioja y en Navarra, en todas las Comunidades Autónomas hay clínicas acreditadas para interrumpir el embarazo de menos de 12 semanas (es decir el 90% de los casos).

La Comunidad Autónoma Andaluza disfruta hoy de ese modelo de concertación que asegura la equidad y la calidad en la prestación sanitaria del aborto. Es decir, el aborto en Andalucía es una prestación contemplada dentro de la Sanidad Pública que se garantiza fundamentalmente a través de un sistema de concierto con clínicas privadas acreditadas. De esta forma estamos asegurando el acceso gratuito a la prestación para todas las personas que disponen de tarjeta sanitaria.

El protocolo que aplicamos coordinadamente con el SAS, Servicio Andaluz de Salud, permite a las mujeres acceder a una prestación a través de cauces sencillos, fáciles, cercanos que facilitan su decisión. En un espacio de 3 a 7 días las mujeres que demandan un aborto son informadas y derivadas por su médico de familia a las clínicas concertadas. A través de este sencillo protocolo estamos asegurando la gratuidad de esta intervención para el 65% de las usuarias. Un porcentaje que va en aumento si consideramos que en 2005 solo se ajustaban a estas circunstancias el 53% de las interrupciones. (Protocolo similar al que se aplica en otras especialidades)

ACAI trabaja para que el modelo de concertación andaluz se extrapole a todo el territorio, como el mecanismo más idóneo para asegurar, a corto plazo, la igualdad en la información, los servicios y el coste de esta prestación sanitaria, contemplada, que no normalizada, por el Sistema Nacional de Salud.

Por tal motivo, ponemos a su disposición un modelo de concertación que basado en el modelo de concertación andaluz ha sido mejorado, en esta propuesta, por nuestros/as profesionales en base a la experiencia de aplicación del mismo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.